Información pública de la aprobación definitiva de modificación de Ordenanzas Fiscales.
AYUNTAMIENTO DE POTES
Información pública de la aprobación definitiva de modificación de Ordenanzas Fiscales.
Por el Pleno del Ayuntamiento de Potes, en sesión extraordinaria de fecha 18 de noviembre de 2008 se adoptó acuerdo de aprobación provisional de modificación de Ordenanzas Fiscales:
A) Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Recogida de Basuras Domiciliarias. Modificación del artículo 5.
B) Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Suministro de Agua. Modificación del artículo 4.
C) Establecimiento de bonificaciones de la Tasa de Agua y Basuras para el año 2009.
D) Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Ocupación de Vía Pública; modificación de la tarifa.
E) Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Instalación de Barracas de Feria, Espectáculos Públicos o Atracciones en Terrenos de Uso Público; modificación de la tarifa.
F) Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Industrias Callejeras y Ambulantes. Modificación de la tarifa.
G) Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el Uso de las Instalaciones Deportivas Municipales. Modificación de la tarifa para el 2009 actualizando las mismas con el IPC interanual de septiembre, así como el establecimiento de nuevas tarifas y Servicio de Fisioterapia.
H) Ordenanza Fiscal del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica. Modificación de la tarifa para el ejercicio 2009.
El correspondiente anuncio de aprobación inicial a efectos de presentación de reclamaciones y sugerencias se publicó en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Potes y Boletín Oficial de Cantabria número 229, de fecha 26 de noviembre de 2008. Transcurrido el período de exposición de treinta días hábiles a partir de la inserción de dicho anuncio en el BOC, no se ha presentado reclamación u observación alguna, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo (texto refundido de las Haciendas Locales), se eleva a definitivo el acuerdo inicialmente aprobado, procediéndose a la publicación íntegra del texto de la referida modificación.
Contra la aprobación definitiva del acuerdo, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo en la forma y plazos que establece la Ley reguladora de dicha Jurisdicción.
El texto íntegro de las modificaciones de Ordenanzas efectuadas es el siguiente:
A) ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURAS DOMICILIARIAS. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 5.
Descripción breve:
Información pública de la aprobación definitiva de modificación de Ordenanzas Fiscales.