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Potes Decorado
BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA
FICHA ANUNCIO BOC
Fecha publicación: 18-MAY-2009

Título:
Expediente de baja de oficio en el Padrón de Habitantes. Trámite de audiencia.

AYUNTAMIENTO DE POTES

Expediente de baja de oficio en el Padrón de Habitantes. Trámite de audiencia.

Habiéndose intentado la notificación a los interesados, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a este Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero se procede a publicar en el Boletín oficial de Cantabria la Providencia de la Alcaldía cuya trascripción literal es la siguiente:

Visto escrito procedente del Instituto Nacional de Estadística de fecha 29 de octubre de 2008, donde se remite al Ayuntamiento fichero con la relación de electores de la Unión Europea empadronados en Potes y registrados con intención de voto al Parlamento Europeo, cuya notificación por parte de la Oficina del Censo Electoral ha sido imposible efectuar puesto que las cartas informando sobre su domicilio a los efectos electorales fueron devueltas por correos.

Vista la propuesta del INE de proceder a efectuar la baja de oficio de las citadas personas por resultar probable que las mismas ya no vivan en el municipio.

Visto el requerimiento efectuado por el Ayuntamiento de Potes con fecha 24 de marzo del actual donde se intenta realizar un segundo llamamiento a los interesados para que den su conformidad de residencia en Potes con el fin de poder ejercer su derecho al voto en España en los próximos comicios electorales al Parlamento Europeo.

Visto que dichas cartas han sido nuevamente devueltas por el Servicio de Correos argumentando desconocimiento del destinatario.

Visto el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 1690/1986, de 1 de julio y modificado mediante R.D 2612/1996 de 20 de diciembre y R.D. 3452/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula el procedimiento para llevar a cabo las Bajas de Oficio.

En virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en materia de Régimen Local, yo, Francisco Javier Gómez Ruiz, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de la Villa de Potes,

HE RESUELTO

Primero: Incoar el correspondiente expediente de baja de oficio en el Padrón municipal de Habitantes , a las personas que a continuación se detallan:

1. Raluca Andrei Neculau. Documento n.º 09933682.

2. Ion Diaconu. Documento n.º 09921721.

3. Ofelia Neculau. Documento n.º 13177599.

4. Loredana Mónica Virlan. Documento n.º X 09596603Z.

Segundo: Otorgar a los interesados un plazo de audiencia de diez días hábiles a contar desde la recepción de la presente providencia, o en el caso de resultar infructuosa ésta, desde su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, para que puedan alegar o presentar cuantos documentos o justificaciones estimen pertinentes de conformidad con el articulo 84 de la LRJAP-PAC.

Tercero: Comunicar a los interesados que, en caso de no recibir ninguna comunicación dentro del plazo indicado en el punto anterior, se procederá a remitir el correspondiente expediente administrativo al Consejo de Empadronamiento con el fin de recabar el informe preceptivo previo a la Resolución de la Alcaldía en la que se decretará la Baja de las inscripciones padronales anteriormente relacionadas.

RÉGIMEN DE RECURSOS

Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la notificación o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en virtud del articulo 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. No se podrá interponer Recurso Contencioso Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del Recurso de Reposición interpuesto.

Podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los órganos competentes de la jurisdicción Contencioso Administrativo de Cantabria dentro de los dos meses siguientes contados desde el día siguiente de la notificación del acto o de la notificación de la resolución del recurso de reposición, si fuera expresa. Si no lo fuese, el plazo será de seis meses, contados a partir del día siguiente aquel en que se produzca la desestimación presunta, según lo establecido en el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime procedente.

Lo que se le da traslado para su conocimiento.

Potes, 14 de abril de 2009. El alcalde, Francisco Javier Gómez Ruiz.


Descripción breve:
Expediente de baja de oficio en el Padrón de Habitantes. Trámite de audiencia.

Índice normativo:
Leyes

Fecha de entrada en vigor:
18-MAY-2009

Órgano publicador:
Ayuntamiento de Potes

Sección:
Contratación Administrativa

Número de disposición:
6983

Boletín Oficial de Cantabria
Fecha BOC:
18-MAY-2009

Número:
093

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